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Estudio Sociocrítico de la Educación en las
Cárceles Venezolanas
Autora: Yudith Coromoto González Castro
Universidad Nacional Experimental “Rafael
María Baralt”, UNERMB
Valera, Venezuela
Resumen
El proceso de reflexión científica tiene como propósito generar
aportes teóricos derivados de un estudio sociocrítico de la educación de
las cárceles venezolanas. Para ello se realizó un análisis de tipo documental,
bajo una profunda revisión bibliográfica, a través de la cual se recabó un
conjunto de antecedentes para configurar la realidad del hecho de estudio. El
proceso socio crítico se realizó bajo la orientación del enfoque paradigmático
con una modalidad cualitativa hermenéutica, con la finalidad de organizar las
labores de investigación. Como basamento teórico se configuraron teorías
clásicas y contemporáneas de la educación andragógica, así como teorías
sociológicas que sirven de base para la construcción teórico-científica para el
mejorar la práctica educativa de las cárceles venezolanas.
Palabras clave: educación; prisión; sanción penal.
Fecha de Recepción: 15-06-2017 |
Fecha de Aceptación: 12-10-2017 |
Sociocritical Study of Education in Venezuelan Cages
Abstract
The process of scientific reflection aims to
generate theoretical contributions derived from a sociocritical study of the
education of Venezuelan prisons. For this purpose, a documentary analysis was
carried out, under a wide bibliographical review, through which a set of
antecedents was obtained to configure the reality of the study fact. The
critical social process is carried out under the orientation of the
paradigmatic approach with a hermeneutical qualitative modality, in order to
organize the research work. As a theoretical basis classical and contemporary
theories of andragogical education were configured, as well as sociological
theories that serve as the basis for the theoretical-scientific construction
for the improvement of the educational practice of Venezuelan prisons.
Keywords:
education; prisons; penal sanctions.
Date Received: 15-06-2017 |
Date Acceptance: 12-10-2017 |
1. Introducción
El estudio
sociocrítico, se define como un acumulado de doctrinas, bosquejos e hipótesis que
reaccionan a lo opuesto de la corriente del positivismo. Tales ideas establecen
el requerimiento de promocionar una independencia racional y liberadora para
las personas. En opinión de Fernández (2002:18): “es un enfoque investigativo
que promueve la participación masiva y la auto-reflexión”. A partir de este estudio se estudia la realidad de las cárceles
venezolanas en la praxis educativa, donde se contrasta la teoría y la práctica,
fundamentándose en el conocimiento, incluyendo la participación de los actores
de análisis en el proceso investigativo, así como dirigir el conocimiento hacia
la libertad del ser humano.
De acuerdo con el Tesauro de la UNESCO la
cárcel significa prisión, calabozo, celda, centro
penitenciario, establecimiento penitenciario, presidio, donde un individuo
cumple una sanción penal, convirtiéndose en prisionero. Al respecto, las
cárceles venezolanas desde la orientación de la (UNESCO, 1998a), son espacios
diseñados para alojar a personas que han vulnerado las leyes de la sociedad,
cuyo objeto, es reformar a quienes no respetan las normas. En este
establecimiento se recluye a los individuos con el fin de castigar tal
situación.
Desde este escenario, se torna conveniente analizar la
educación en las cárceles venezolanas, según el Tesauro
de la UNESCO la educción está definida como un método de aprendizaje, enseñanza
y formación a través de diversos medios: aprendizaje en línea, enseñanza
presencial, enseñanza por correspondencia, enseñanza a distancia, formación a
distancia, tele formación e incluye diversas ciencias de la educación y
ambiente educacional.
La educación en las cárceles venezolanas, se manifiesta como un régimen complejo
para generar aprendizajes significativos y cambios desde el punto de vista
académico, social, cultural y personal en los privados de libertad. En este
sentido, la educación en estos recintos no debe estar desligada de los
principios sociales y políticos comunes que se consideran derechos
inalienables. Por lo tanto, la educación debe ser un sistema con igualdad de
oportunidades para todas las personas (UNESCO, 1998b), incluyendo a los
privados de libertad, que aunque le otorgan igualdad reconocida, ésta es
meramente formal y contenida en los textos legales vigentes, pero no es real a
lo que se da en el entorno carcelario, dado que sólo se garantiza el acceso a
los demandantes educativos, pero no su permanencia, prosecución, incluso
graduación y formación de valores.
Esto quiere decir, que el privado de libertad
que exija el derecho al estudio se le reconocerá su matriculación, pero
dependerá de su esfuerzo y sacrificio poder lograr los objetivos, metas de
aprendizaje y restitución de valores. Desde esta perspectiva, no se trata de
garantizar las condiciones de permanencia, sino de resistencia para poder sobrevivir
dentro del proceso escolar, en donde los progresos que se vayan sucediendo
continuamente en la adquisición de conocimientos, experiencias y formas
superiores de conducta obedezcan a las condiciones sociales, es decir, que
posean madurez perceptiva, motora e intelectual para vencer dificultades y
exigencias de los diversos tipos de aprendizajes requeridos para reinsertase de
nuevo a la sociedad.
De este modo, el éxito educativo del privado
de libertad no está condicionado a solo a los factores de planificación o
programación educativa, sino de maduración personal y al factor social para
mantener viva la fuerza impulsadora de la motivación de permanecer, proseguir,
egresar y restituir valores. Ya que el sistema escolar educativo de las
cárceles vigente no está básicamente estructurado para cumplir con las demandas
anteriores.
Esto se traduce prácticamente en la necesidad
de insertar un paradigma educativo con bases andragógicas, ya que actualmente
la educación que se imparte en los recintos, agrede letalmente la eficiencia,
la calidad académica que debe preservarse y estimularse en los estudiantes para
poder ofrecer conocimiento científico, tecnológico y humanístico, al desarrollo
integral y autónomo.
Por lo tanto, para cubrir la situación de crisis
que viven las cárceles desde el punto de vista educativo, se debe sumar la
auténtica intensidad de cambiar la estructura educativa tradicional por una
educación andragógica cuya presencia contribuirá a profundizar la deteriorada
vida institucional, académica y administrativa del sistema educativo
implementada hasta ahora.
En fin, este artículo propone realizar un
estudio socio crítico de la educación en las cárceles venezolanas, con el fin
de aportar reflexiones que conlleven a mejorar la práctica educativa en estos
recintos.
2. La educación en las cárceles venezolanas
La educación es relevante en todas las etapas
del desarrollo humano, pero alcanza una valiosa importancia cuando sus
beneficiarios se remiten a los privados de libertad, puesto que les permite
incrementar sus recursos personales en función de su reinserción a la sociedad.
Desde esta perspectiva, la educación es un derecho humano esencial para poder
entrenar todos los demás derechos, el cual tiene como objeto el desarrollo
integral del sujeto. En consecuencia, el acceso de las personas a la educación
genera la creación de lazos de pertenencia a la sociedad, es decir, crea la
comunicación y recreación de la cultura.
En referencia a lo anterior, el Estado es el
encargado de garantizar y promover el goce efectivo de la educación y de todos
los derechos humanos, ya que en teoría la persona encarcelada sólo está privada
de su libertad ambulatoria, por lo tanto, debe disfrutar y respetársele los
demás derechos constitucionales.
De este modo, la educación en las cárceles a
nivel latinoamericano está sumergida en una franca crisis, que cada día cobra
mayor intensidad y proporción, haciendo cada vez menor la posibilidad de ser
sometida a un esperado control que permita atenuar su desmesurada profundización,
(Tunnermann, 2010). En efecto, la crisis de la educación se define a partir del
hecho de la manifiesta incapacidad del sistema educativo de dar, total o
parcialmente, satisfacción o respuesta a los problemas concretos planteados,
especialmente desde el punto de vista de la restitución de valores.
En esta línea, se concibe que la naturaleza y
carácter de la educación, así como la docencia en las cárceles venezolanas,
debe dejar de ser un proceso basado en un criterio pedagógico que ignora la
condición adulta del estudiante privado de libertad, pues sin exagerar, la
mayoría de los docentes está plena o casi totalmente convencidos de que el
estudiante en estos centros no se puede someter a una situación de
autoritarismo en la que se reduce a su más mínima expresión la posibilidad de
participación consciente, creativa y crítica, de acuerdo con su formación
integral, desarrollo intelectual, emocional, social y ergológico, (Picón,
2004). Por lo tanto, el sistema educativo debe adentrarse a la luz de la
novedosa teoría de educación andragógica o de adultos.
Lo anterior es relevante, porque la educación
tradicional que se imparte en las cárceles, por lo general, niegan las
capacidades de autorrealización, autonomía, autorresponsabilidad y autodeterminación
inherentes a la condición de adulto del estudiante, (Didriksson, 2010):
situación ésta que genera un estado de regresión psico-socio-emocional en el
que debería ser sujeto del proceso, ya que al obligarle a someterse a los
moldes rígidos propios de una estructura escolarizada al rigor del pedagogísmo
más alucinante como la educación tradicional, termina por resignarse a ser
aquel que debe practicar una conducta impuesta, adquiriendo un patrón para
poder pensar y actuar en la toma de decisiones y asumir responsabilidades en la
vida social.
La presencia de esta realidad en la vida
educativa de los privados de libertad conduce inexorablemente a que ellos
irrespeten su derecho a formarse como personas íntegras e internalicen el
enajenante espíritu de sumisión e irrespeto, que significa la renuncia a ser un
hombre integral dueño de su presente y de su futuro. Por consiguiente, es un
error no intentar algo para vencer, aunque sea parcialmente, esta situación
regida por los principios de los antivalores. No hacer nada equivale a mantener
una de las causas que determinan la crisis académica de las cárceles, la de
seguir siendo ineficaz y poco formativa de valores.
En consecuencia, mientras que los que
conforman la comunidad educativa de las cárceles no adquieran conciencia de
esta realidad inobjetable, se verá imposibilitado asumir la condición de
agentes de cambio en la renovación escolar, para ello, los programas de
educación son los medios considerables para renovar y perfeccionar el ejercicio
docente y la estructura organizativa educativa en base a una educación
andragógica, con el fin de mejorar la capacidad de formación, reconstruir lo
que hoy prevalece para alcanzar a crear y establecer una educación deslastrada
del peso de la tradición sin temor al futuro, sobre la base de los principios
andragógicos que permitirán adecuar las relaciones interpersonales (docente –
estudiante, estudiante – estudiante, docente – autoridad), los recursos de
aprendizaje, los contenidos, los objetivos, las estrategias metodológicas, en
fin el currículum a la naturaleza bio-psico-social de la los miembros de la
comunidad estudiantil de la cárcel.
Desde este punto de vista, el programa
educativo de las cárceles debe estar integrado por un conjunto de asignaturas
que aporten el conocimiento de las ideas, teorías, escuelas y disciplinas que
conforman la teoría andragógica y sus enfoques filosóficos, antropológicos,
psicológicos, sociológicos, políticos. El cual tiene que estar dirigido a una
revisión analítica – critica de las diversas teorías educativas relacionadas
con la educación en el país, pero también con el entorno personal de los
privados de liberad, para que de esta manera se constituya un plano teórico –
práctico – crítico de la formación de los individuos y de los docentes.
Asimismo, deben aportar conocimientos en
primer lugar sobre la teoría de la tecnología educativa, abarcando el diseño
curricular e instruccional, además de incluir el entrenamiento práctico en las
técnicas y metodologías de la tecnología educativa como parte importante en la
formación andragógica. En segundo lugar, se tiene que incluir la teoría y el
entrenamiento relativo a la metodología de la investigación y sus diferentes
modalidades y aplicaciones, todo este conjunto conforma el plano tecnológico
(no tecnocrático) y heurístico de la formación docente del profesor.
Como se puede apreciar, la educación
andrológica procura tomar en cuenta todos los componentes que abarca la
formación de los privados de libertad para que se convierta en una actividad
donde el proceso de enseñanza aprendizaje pueda ser calificado con una
continuidad y progresividad horizontal para lograr una unidad didáctica que
integre e involucre a todos los participantes.
De esta manera, los programas educativos y la actualización
andragógica de los docentes y estudiantes recomponen la condición que ha sido
causa de la ausencia de una práctica legítima de la autonomía como condición
necesaria para el ejercicio pleno de la vida educativa. De hecho se puede
decir, sin pecar de simplicidad e ingenuidad, que los docentes, junto con los
directivos y personal del penal al asumir una actitud autoritaria frente al
estudiante se ha permitido que no se haga presente la condición de valores en
los adultos privados de libertad, que no es otra cosa que impedirle que asuma
responsablemente la posibilidad de participar racional, creativa y críticamente
en la formación educativa y de valores, lo que ha llevado que la autonomía se
haya convertido en un auténtico fetiche sin realización plena y concreta en la
educación carcelaria.
Esto se debe a que la naturaleza y ejecución
de la educación autónoma requiere indiscutiblemente de una base social adulta,
es decir, de una comunidad de adultos que, conformada en torno al logro de
finalidades superiores deseables, no sólo de carácter formativos-profesional
sino también de investigación y de solución de problemas vitales, estimule la
conciencia crítica y la capacidad creadora en todos para que sean aptos en el
futuro desempeño de los adultos educativos.
Dicho de otra manera, el no contar con una
educación con una base andragógica, generará que los estudiantes no estén en
condición de realizar mejor su desarrollo dinámico y creador al no tener la
posibilidad de fomentar y mantener su desarrollo académico y sus valores éticos
morales.
De allí, se desprende la importancia que asume
la actual organización estructural académica del sistema educativo carcelario y
su funcionamiento, puesto que se requiere de la adopción de la praxis
subyacente en el modelo andragógico (praxiología andragógica). Por tanto, se
hace impostergable que el personal docente tenga un ejercicio centrado en
desarrollar una interpretación racional de la naturaleza del aprendizaje,
inmersa en la formación de valores y de la función que debe cumplir para
insertar apropiadamente a los estudiantes privados de libertad a la sociedad.
Por ello, deben asumirse ciertas medidas con el objeto de renovar y modernizar
las viejas estructuras que sirven de piso y marco de la educación en las
cárceles.
Es así como la educación en las cárceles debe
dirigir su acción a la capacitación, actualización andragógica del personal
docente, (Marcelo; 1995); asimismo debe dotarse de una capacidad superior para
enfocar y resolver los problemas educativos que el aprendizaje de adultos
plantea, también debe procurar establecer una formación que estimule y
profundice el desarrollo de la ciencia andragógica.
3.
Abordaje Metodológico
El contexto de la
investigación se circunscribe a la realidad de la educación en las cárceles
venezolanas desde una perspectiva axiológica de la reinserción de los privados
de libertad a la sociedad, el abordaje metodológico se realizó desde un punto
de vista documental, critico reflexivo.
Delimitado el contexto de
análisis, se seleccionaron como actores de estudio a las cárceles venezolanas y
sus programas educativos, permitiendo establecer la precisión de la
información. La recolección de datos se realizó a través de la técnica de
revisión documental y apoyo en las fuentes primarias como declaraciones,
artículos, análisis sobre la realidad educativa en las cárceles, así como en
libros, información Web, opiniones de expertos, entre otros.
El análisis socio crítico
se realizó contrastando la información documental, con las opiniones de
expertos y la realidad de la educación en las cárceles, generando conocimiento
y concretar reflexiones que ayuden a mejorar la calidad de la educación de los
privados de libertad en Venezuela.
4. Conclusiones
La educación en las cáceles venezolanas
enfrenta un desafío conjunto de elementos coyunturales, económicos y sociales
como: elevar la calidad en los procesos educativos, recursos económicos en
menor cuantía de lo exigido; mejorar la calidad académica con relación a lo
presupuestario, financiero y administrativo. Por lo tanto, esta investigación
se armonizó con la agenda cambiante de la gestión de las cárceles venezolanas,
donde se plantea la incorporación de herramientas novedosas de autoevaluación y
autorregulación de las funciones educativas. Es conveniente decir, que la idea
de una educación de adultos en sus diversas modalidades y niveles, formales, o
no formales, debe ser siempre considerada para que los estudiantes desarrollen
y enriquezcan sus aptitudes, sus conocimientos, sus competencias y sus
actitudes, lo cual tendría repercusiones inestimables en el avance y desarrollo
educativo, al superar los límites que impone el pedagogísmo paroxístico
existente, como de la vida social circundante, al participar en los procesos de
valoración humana para promover los cambios estructurales de la sociedad,
(García, 2007).
Desde este contexto, también se debe tener
presente que otro de los aspectos presentes en la crisis de la educación
carcelaria es el personal docente, el cual muy poco se ha capacitado desde el
criterio de los principios andragógicos para impartir una educación más
perceptiva a los privados de libertad. Se debe hacer hincapié que la formación
del docente debe estar adaptada a las necesidades del sistema educativo
carcelario, puesto que son una necesidad, ya que constituyen un factor
determinante de la calidad educativa que se espera.
Por lo tanto, es obvio que la efectividad y
eficiencia de la labor educativa andragógica formal para cumplir con la función
de contribuir con la enseñanza aprendizaje y restitución de valores de los
privados de libertad, depende fundamentalmente del personal docente, así como
de la adecuada planificación y supervisión del proceso educativo, (Corredor,
2009).
En otro orden, no se
debe perder de vista que los privados de libertad son, ante todo, sujetos de
derechos. Y el Estado debe ser garante del cumplimiento efectivo sus derechos.
Por ello, los directivos y personal que hacen vida activa como docentes se
deben involucrar en la realidad que viven las cárceles para evitar la
vulneración de los derechos humanos y ayudar a los privados a prepararse para
enfrentarse como personas íntegras a la sociedad.
Se reconoce que la
mayoría de los recluidos en las cárceles pertenecen a los sectores más
vulnerables de la sociedad. Por tanto, la educación se transforma en un derecho
que reconoce los demás derechos, sin embargo, esta realidad, no es verdadera,
ya que la educación en ocasiones ha sido negada o mal impartida en la cárcel.
En consecuencia, el
abordaje institucional sobre la educación en el contexto de la cárcel, debe ser
una invitación de reflexión sobre el para qué, el por qué y cómo la educación
debe fortalecerse como derecho y no como un beneficio, a fin de ser una
reflexión que contribuya al diseño de una apropiada política pública que haga
del proceso educativo un espacio social que forme profesional y personalmente a
los privados de libertad.
En fin, los hallazgos de este estudio contribuyen
a la interpretación y comprensión de la educación en las cárceles, como un
aporte para generar un sistema educativo eficaz y sólido que permita reinsertar
personas íntegras a la sociedad.
4. Referencias
Corredor,
J. (2009). Las metas de la educación.
Una propuesta de transformación consejo de desarrollo científico y humanístico.
Caracas; Venezuela: Universidad Central de Venezuela.
Didriksson,
A. (2010). La educación y la innovación.
Caracas, Venezuela: Ediciones IESALC/UNESCO.
Fernández,
A. (2002). Filosofía, investigación,
innovación y buenas prácticas. México: Editorial UNAM.
García, G.
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sociedad en América Latina. Caracas, Venezuela: Cendes/Editorial Nueva
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Marcelo,
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Picón, G.
(2004). El proceso de convertirse en
educador. Ediciones de la Caracas, Venezuela: Universidad Pedagógica
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Tunnermann,
B. (2010). La educación en América latina.
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Tesauro de
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(1998a,b). Declaración mundial sobre la
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superior. París, Francia: Conferencia Mundial sobre la Educación Superior.
Recuperado de: http://www.unesco.org/education/educprog/wche/declaration_spa.htm
Yudith Coromoto
González Castro
e-mail: yudithgonzalez@live.com
Nacida en Valera estado Trujillo, Venezuela.
Soy Doctora en Educación de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt” (UNERMB), MSc. en Docencia
para la Educación Superior (año 2008), de la Universidad Nacional
Experimental “Rafael María Baralt” (UNERMB), MSc. en Educación Mención Gerencia Educacional
(año 2003), de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL), Diplomado
en Semiótica del Núcleo Universitario “Rafael Rangel” (NURR-ULA), Diplomado en
Metodología del Convenio Núcleo Universitario “Rafael Rangel” (NURR-ULA) y la
Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL).
Ingrese al M.P.P.S.P. el día 06 de marzo del
2012, Mediante Transferencia de la Dirección Nacional del Servicio
Penitenciario al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario,
según Decreto N.º 8.828 de fecha 06 de marzo del 2012, publicado en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N.º 39877 de fecha 06 de marzo
del 2012.
Actualmente laboro en el Centro
Penitenciario de la Región Andina (CPRA), Mérida, Venezuela, con 11 años de
servicio.
El contenido de este manuscrito se difunde bajo una Licencia de Creative Commons
Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional
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DOI: https://doi.org/10.29394/Scientific.issn.2542-2987.2018.3.8.12.234-247